Según Pacheco, el nuevo Código Penal es un salto hacia la justicia moderna y efectiva
El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, presentó los principales avances contemplados en el nuevo Código Penal de la República Dominicana, destacando que se trata de un instrumento jurídico moderno, integral y firme en la protección de los sectores más vulnerables de la sociedad, especialmente las mujeres, niñas, niños y adolescentes.
Pacheco afirmó que esta propuesta legislativa “representa un paso firme hacia un sistema de justicia más moderno, que protege a los más vulnerables, reconoce nuevos tipos de criminalidad y responde a los retos del siglo XXI”.
Entre los puntos más relevantes del nuevo Código Penal, se encuentra el endurecimiento de penas para delitos de violencia de género e intrafamiliar. Mientras la legislación anterior contemplaba sanciones de 1 a 5 años, ahora las penas oscilan entre 4 y 10 años como mínimo, y pueden llegar hasta 40 años en casos agravados. Además, se incluyen medidas postcondena como tratamiento psicológico obligatorio y prohibición de portar armas.
El nuevo código también reconoce por primera vez el feminicidio como un crimen autónomo, con penas de hasta 40 años. Se detallan distintas variantes como el feminicidio simple, agravado (cuando hay embarazo, discapacidad, tortura o pluralidad de agresores), y conexo.
Asimismo, se incorpora la figura penal de violencia de género, que abarca violencia física, psicológica, sexual, económica, patrimonial y verbal, y establece la obligación de implementar medidas de protección y seguimiento judicial a favor de las víctimas.
Según Pacheco, otros aspectos destacados del Código Penal 2025 incluyen:
- Delitos sexuales: Se endurecen las penas, que ahora van desde 1 año (en casos leves) hasta 40 años si el acto resulta en la muerte de la víctima.
- Acoso sexual: Se tipifica el acoso en espacios públicos y digitales, con penas de hasta 5 años, especialmente si hay una relación de poder o situación de vulnerabilidad.
- Incesto y agresión incestuosa: Se penaliza expresamente, con agravantes cuando las víctimas son menores, embarazadas o presentan alguna discapacidad.
- Órdenes de protección: Se institucionalizan con una duración mínima de 3 meses, prorrogables, y contemplan acciones inmediatas como el desalojo del agresor, custodia temporal y atención médica.
- Seguimiento a agresores sexuales: Incluye terapia obligatoria, inscripción en un registro nacional, y restricciones de proximidad y porte de armas.
- Prohibición de beneficios penitenciarios: Los condenados por violencia grave no podrán acceder a medidas como semilibertad, prisión nocturna o fraccionamiento de penas.
“El feminicidio ya no es tratado como un homicidio cualquiera. Por fin la ley lo llama por su nombre y lo castiga como corresponde”, enfatizó Pacheco, quien reiteró que el nuevo Código Penal fortalece el sistema judicial con un enfoque preventivo, punitivo y reparador, garantizando que las víctimas cuenten verdaderamente con la ley de su lado.