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Reenvian de nuevo juicio de fondo seguido a exprocurador Jean Alain Rodríguez y otros

Santo Domingo.- El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional aplazó para el 14 de este mes el juicio de fondo seguido al exprocurador Jean Alain Rodríguez y otros acusados de corrupción administrativa.

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El aplazamiento se produjo por una licencia médica presentada por la imputada Altagracia Guillén Calzado y una situación personal de la juez Gisel Soto.

Para este miércoles, otros seis imputados tenían previstos sumarse a la petición del exprocurador Jean Alain Rodríguez de que se declare la extinción de la acción penal en el proceso que se les sigue por la alegada comisión de actos de corrupción.

Estos son Alejandro Rosa, Miguel José Moya, Alejandro Forteza, Isis Tapia, Rafael Mercedes y Felix Rosario, quienes tienen previstos presentar sus incidentes en la audiencia que estaba programada para este miércoles, en el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.

La no superación de la etapa legal de ventilación de los incidentes imposibilita a que, por lo menos, se aproxime la fecha en que el tribunal se avoque al conocimiento del juicio de fondo.

El exprocurador Rodríguez fue el primero en solicitar la extinción del proceso, pedido que le fue rechazado por el tribunal, a pesar de reconocer que las demoras no son por su causa.

La decisión íntegra, respecto al rechazo de Rodríguez, será entregada el próximo 7 de septiembre, fecha a partir de la cual presentarán formalmente el recurso de apelación ante la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.

La defensa de Rodríguez sostuvo que el tribunal admitió que el cómputo del plazo inició con las investigaciones en agosto de 2020 y que, en consecuencia, el tiempo máximo del proceso penal se encuentra vencido, superando los límites legales establecidos.

Destacó que la decisión de las juezas Claribel Nivar, Yisell Soto y Clara Castillo reconocieron que no existió una dilación indebida imputable a Jean Alain Rodríguez ni a los demás coimputados.

Explicó que el tribunal sustentó el rechazo amparándose en la doctrina del "plazo razonable", postura que la defensa refuta basándose en recientes precedentes jurisprudenciales.

Los defensores de Rodríguez consideraron que sentencias del Tribunal Constitucional dictadas en 2026 establecen un paradigma según el cual el plazo razonable no puede desligarse del límite estricto de duración del proceso, beneficiando al imputado por retroactividad favorable.

"Nosotros al Ministerio Público no le tememos; porque el Ministerio Público, hablando en lenguaje metafórico, es un tigre de papel y el pleito lo vamos a echar como lo hemos echado desde los albores del proceso", manifestó la defensa de Rodríguez.

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