Estados Unidos exigirá declaración sanitaria a viajeros internacionales por medidas de prevención del ébola
Santo Domingo.- A partir del próximo 3 de noviembre de 2026, los ciudadanos dominicanos y demás viajeros internacionales que tengan previsto abordar vuelos hacia Estados Unidos deberán completar una declaración sanitaria individual que certifique que no han estado en la República Democrática del Congo durante los 21 días anteriores al viaje.
La disposición fue emitida por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) de Estados Unidos como parte de las medidas de vigilancia epidemiológica internacional ante el brote de ébola registrado en África.
La nueva exigencia entrará en vigor a las 11:59 de la noche del 3 de noviembre, hora del Este de Estados Unidos, y se aplicará a las personas que aborden vuelos internacionales con destino a territorio estadounidense, independientemente del país desde el cual partan.
El requisito también contempla a los pasajeros que utilicen aeropuertos estadounidenses para realizar escalas o conexiones hacia otros destinos internacionales, aunque Estados Unidos no sea su destino final.
De acuerdo con las instrucciones oficiales, cada viajero deberá presentar una declaración firmada, en formato físico o digital, mediante la cual certifique que no ha permanecido en la República Democrática del Congo durante el período establecido.
La declaración incluye también el tránsito por aeropuertos de ese país africano, incluso cuando el pasajero no haya abandonado la aeronave durante una conexión. La medida busca reducir el riesgo de introducción del virus mediante el transporte aéreo internacional.
Las aerolíneas y operadores de aeronaves tendrán la responsabilidad de comprobar que los pasajeros hayan completado el documento antes de abordar. Quienes no presenten la declaración y no estén amparados por una excepción oficial no podrán embarcar en vuelos sujetos a la disposición.
Los CDC explicaron que el período de 21 días corresponde al tiempo máximo de incubación considerado para la enfermedad por el virus del ébola. La institución indicó que el objetivo de la medida es proteger la salud de los viajeros y de las comunidades estadounidenses.
La disposición contempla consecuencias para quienes proporcionen deliberadamente información falsa o engañosa en la declaración, de acuerdo con las leyes federales estadounidenses.
La medida tendrá vigencia inicial hasta el 18 de diciembre de 2026, aunque las autoridades sanitarias estadounidenses podrán modificarla, extenderla o dejarla sin efecto antes de esa fecha, dependiendo de la evolución del brote y de los indicadores epidemiológicos.
Para los pasajeros dominicanos que tengan vuelos programados hacia Estados Unidos durante ese período, se recomienda consultar con su aerolínea antes de viajar y verificar los requisitos aplicables, especialmente si el itinerario incluye conexiones internacionales.

